primera:
Se autoriza el cambio de monta del jinete B.FAYOS por el jinete JL.BORREGO.
Se autoriza al preparador M.DELCHER.S para correr su yegua SOLITA con
carrilleras
Los Comisarios, ante la reclamación del jinete J.L.BORREGO contra
J.HORCAJADA, acuerdan confirmar el orden de llegada y devolver la cantidad depositada para reclamar.
segunda:
Se impone multa de 150 euros al Sr.SEPÚLVEDA.A por monta
peligrosa en la curva de Bugati en virtud del articulo 104.II-A
del Código en relación con el 11.23 y el 15 D del Reglamento Sancionador y
asimismo se le apercibe con la retirada de licencia en caso de reincidir.
tercera:
Se autoriza el cambio de monta del jinete B.FAYOS por el jinete
P.SOGORB
cuarta:
Actuando de oficio los Comisarios de Carreras toman declaración
a los jinetes J.A.MACHADO y R.RAMOS en relación a los incidentes acaecidos en el cuarto de jockeys al termino de la carrera. Ambos declaran haber discutido sobre un incidente durante la carrera y, mientras J.A.MACHADO declara haber dado un empujón a R.RAMOS, este declara haber recibido un puñetazo en la cara. Solicitado la declaración del encargado del cuarto de jockeys Juan Luis Usandizaga, este corrobora la versión de R.RAMOS. Por todo ello, los Comisarios acuerdan la retirada de la licencia para montar y del acceso a los recintos reservados de este hipódromo del jinete J.A.MACHADO desde el 8 de Agosto hasta el 10 de Septiembre ambos
inclusive, en base al articulo 11.2 del Reglamento Sancionador
sexta:
Se apercibe a la jinete G.MADERO por exceder en 900 gramos el
peso declarado en el pesaje anterior a la carrera, en base al articulo 12.22 del
Reglamento Sancionador.
Se impone multa de 100 euros al preparador J F.SIMO por irregularidades en la declaración de participantes en base al articulo 12.14 del Reglamento Sancionador.
Se impone multa de 60 euros al jinete D.A.SARABIA por no mantener su línea en la entrada de la curva de Lasarte en aplicación del articulo 104 II C del Código de Carreras, en relación con el artículo 12.21 y con el 16 D del Reglamento Sancionador.
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